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ARMSTRONG PROPONE CREAR UN FONDO ROTATORIO MUNICIPAL PARA IMPULSAR A EMPRENDEDORES LOCALES

El Departamento Ejecutivo ha enviado al Concejo Municipal un Proyecto de Ordenanza proponiendo la creación de un fondo rotatorio municipal para emprendedores, el cual fue aprobado por unanimidad.
Regionales11/06/2026Renacer RegionalRenacer Regional

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El objetivo es promover el desarrollo económico local, fomentar el emprendedurismo y facilitar el acceso al financiamiento a emprendedores de la ciudad promoviendo el desarrollo económico, la producción, la innovación y la generación de empleo en el ámbito de la ciudad.

La modalidad de fondo rotatorio permite la reutilización permanente de los recursos, garantizando su continuidad en el tiempo y ampliando el alcance de la política pública de financiamiento

El Fondo Rotatorio Municipal para Emprendedores estará integrado por los fondos originalmente otorgados por la Provincia de Santa Fe en el marco de la Resolución del Ministerio de Producción N° 465/2015, los montos recuperados en concepto de devolución de capital, intereses, actualizaciones y/o cualquier otro concepto proveniente de los créditos otorgados, fondos cuya reutilización haya sido autorizada por las Resoluciones del Ministerio de Producción N° 898/2017 y N° 1638/2024, y aportes que eventualmente realice el Municipio, la Provincia, la Nación u otros organismos públicos o privados, compatibles con el objeto del Fondo.

Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual podrá delegar la gestión operativa del Fondo en el área que estime corresponder.

En los próximos días se conocerán en detalle los requisitos para acceder a este beneficio.

La Ordenanza prevé la creación de una Comisión Evaluadora del Fondo Rotatorio Municipal para Emprendedores, la cual tendrá a su cargo el análisis, evaluación y recomendación de otorgamiento de los créditos solicitados.

La Comisión estará integrada por el Intendente Municipal, quien la presidirá, un/a representante de la Secretaría de Desarrollo Productivo o la que en el futuro la reemplace, un/a representante de la Secretaría de Hacienda del Municipio, y dos Concejales.

La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.

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