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LA CORTE SUPREMA ORDENÓ QUE SE LE DEVUELVAN A SANTA FE UNOS 18 MIL MILLONES DE PESOS

El tribunal hizo lugar a las demandas presentadas por Santa Fe y San Luis por una reducción de los recursos.
Provinciales25/11/2015Renacer RegionalRenacer Regional
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional un decreto presidencial vigente desde el gobierno de la Alianza que redujo en un 1,90 por ciento los recursos coparticipables del Estado nacional con las provincias. La determinación beneficia a Santa Fe, que junto a San Luis elevó la demanda a la Justicia, en unos 18 mil millones de pesos que les tienen que ser devueltos.

El máximo tribunal declaró hoy, con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, que es inconstitucional la deducción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado Nacional, sin el acuerdo de las provincias, para financiar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

La Corte hizo lugar a las demandas planteadas por las provincias de Santa Fe y San Luis. Además ordenó al Estado nacional, con carácter de medida cautelar, que suspenda de manera inmediata los descuentos que se le efectúan a la provincia de Córdoba sobre fondos de la coparticipación federal de impuestos.

También emplazó al gobierno y al congreso para que dicte un nuevo régimen de Coparticipación Federal, pendiente desde la reforma de la Constitución Nacional de 1994.

En su decisión, el Tribunal explicó que la referida deducción fue originalmente pactada en la cláusula primera del "Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales" del 12 de agosto de 1992 -ratificado por la ley nacional 24.130- y prorrogada sucesivamente mediante diversos pactos intrafederales de la misma naturaleza.

Para la Corte Suprema esos fondos eran coparticipables y en consecuencia deberán devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos en razón del citado decreto a las provincias de Santa Fe y San Luis, que habían recurrido a la justicia y llegaron hasta el máximo tribunal.

El tribunal argumento que De la Rúa actuó sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al Presidente la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables. Y puntualizó que la deducción de fondos las provincias se hizo sin ningún tipo de acuerdo con los gobernadores y resaltó que los fondos se destinaron a financiar la operatoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

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