NUEVO DOCUMENTO NO BINARIO
En dialogo con la agente público, Ivana Brodi dijo, “se reconoce el derecho a las minorías de género no binarios a través del decreto del artículo 4, para aquellas personas que no se identifican ni con el género femenino, ni masculino”.
Y agregó: “son las personas, no binarias, indeterminadas, no especificadas, indefinidas, no informadas, auto-percibidas, ya regulada en la provincia de Santa Fe a partir del año, no consignada o cualquier otra acepción”.
¿EN QUE PREVALECE LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO?
La Ley N° 26.743 de Identidad de Género, sancionada en 2012, habilitó a las personas trans para que puedan adecuar su nombre y su género auto-percibidos en sus documentos. Sin embargo, las opciones de género continuaban siendo binarias: masculino o femenino. El nuevo DNI no binario habilita a quienes no se identifican con ninguno de esos géneros a ser denominados con la letra X.
DOCUMENTO NO BINARIO, ¿DE QUE SE TRATA?
Luego del Decreto Presidencial N°476, reconocieron a las personas que no se identifican con el género masculino o femenino.
El Documento Nacional de Identidad no binario, habilitado por el Gobierno argentino el pasado miércoles 21 de julio por decreto, incluye entre las opciones de género además de la F (femenino) y M (masculino), una tercera alternativa que se identifica con la letra X.